Comodato: Contrato de Préstamo de Uso Gratuito

Instrumente el préstamo gratuito de un inmueble o bien mueble con escritura pública y protéjase de conflictos futuros.

¿Qué es el comodato?

El comodato (también llamado préstamo de uso) es el contrato por el cual una parte (comodante) entrega gratuitamente a otra (comodatario) una cosa no fungible para que la use y la restituya en el mismo estado (art. 1533 CCCN). La característica esencial es su gratuidad: el comodatario no paga precio ni canon por el uso del bien.

A diferencia de la locación, en el comodato no hay contraprestación económica. Esta gratuidad tiene consecuencias fiscales: el comodato no tributa impuesto de sellos en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (acto n.° 066).

¿Para qué se usa el comodato ante escribano?

Préstamo de inmueble familiar

Cuando un familiar cede gratuitamente el uso de su propiedad a otro (padres a hijos, entre hermanos). La escritura pública de comodato otorga seguridad y claridad sobre los derechos del comodatario.

Sede social de empresa

Una persona física o jurídica cede en comodato un inmueble a una sociedad para que funcione como su domicilio legal o sede de operaciones, sin cobrar alquiler.

Uso temporal de bienes

Cesión de equipamiento, maquinaria o vehículos entre empresas vinculadas, sin contraprestación, documentado por escritura pública.

Diferencias entre comodato y locación

Es importante no confundir ambas figuras, ya que sus efectos jurídicos e impositivos son muy distintos:

  • Comodato: gratuito, el comodatario no puede ceder el uso a terceros sin autorización, puede extinguirse por necesidad del comodante antes del plazo.
  • Locación: onerosa (hay precio), el locatario tiene mayor estabilidad en el uso, tributa impuesto de sellos si no es vivienda.

Una relación que se denomina "comodato" pero en la que se pagan sumas de dinero periódicas puede ser recaracterizada como locación por la AFIP o la AGIP, con las consecuencias fiscales correspondientes.

Extinción del comodato

  1. Vencimiento del plazo pactado: el comodatario debe restituir el bien en el estado acordado.
  2. Necesidad del comodante: si la cosa le es imprescindible por causa imprevista y urgente, puede reclamar la restitución anticipada.
  3. Muerte del comodatario: salvo pacto en contrario, los herederos no continúan el comodato.
  4. Uso abusivo: si el comodatario usa el bien para un destino distinto del pactado, el comodante puede resolver el contrato.

Instrumente el préstamo correctamente

Un comodato formalizado ante escribano evita conflictos futuros sobre el plazo, el estado del bien y las condiciones de restitución. Consúltenos.

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