Contratos Privados

Redacción y certificación de contratos con asesoramiento jurídico integral.

Actualizado: · Revisado por Esc. Pedro Alberto Vildósola, Registro 329 · Matrícula N° 2473, Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires

En resumen: la escribanía redacta y asesora sobre contratos privados de todo tipo (locación, mutuo, cesión, comerciales). Dato clave: certificar las firmas ante escribano le da al contrato fecha cierta y evita que alguien desconozca su firma; en préstamos importantes conviene elevarlo a escritura pública para poder ejecutarlo con agilidad. Consultas al 4576-1539.

La escribanía se especializa en la redacción y asesoramiento de todo tipo de documentos privados: contratos de toda clase, cesiones, mutuos, autorizaciones, contradocumentos y más. Es fundamental contar con asesoramiento profesional antes de firmar cualquier contrato, ya que una cláusula mal redactada puede generar conflictos costosos y difíciles de resolver.

Tipos de contratos que realizamos

Contratos de locación

Alquiler de inmuebles para vivienda o uso comercial. Incluye certificación de firmas para darle plena validez probatoria.

Contratos de mutuo

Préstamos entre particulares. Se formalizan con la intervención del escribano para asegurar el crédito y documentar las condiciones.

Cesión de derechos

Transferencia de derechos contractuales o crediticios de una persona a otra, con plena validez legal.

Contratos comerciales

Acuerdos entre empresas o comerciantes: suministro, distribución, franquicia, sociedad accidental, entre otros.

Convenios de separación de bienes

Acuerdos patrimoniales entre cónyuges o convivientes para dividir bienes de la sociedad conyugal.

Contradocumentos

Documentos que modifican, limitan o contradicen los efectos de un acto jurídico previo entre las mismas partes.

Contratos de locación (alquiler)

Los contratos de locación son uno de los trámites más frecuentes en la escribanía. La certificación notarial de las firmas es altamente recomendable, ya que impide que alguna de las partes desconozca su firma posteriormente y le otorga fecha cierta al documento.

Un buen contrato de locación debe incluir:

  • Identificación completa de locador y locatario (nombre, DNI, domicilio)
  • Descripción precisa del inmueble y su destino (vivienda o comercio)
  • Plazo de la locación (mínimo 3 años para vivienda, 3 años para comercio conforme legislación vigente)
  • Precio inicial del alquiler y sistema de actualización pactado
  • Forma de pago y lugar de pago
  • Depósito en garantía y condiciones de reintegro
  • Obligaciones del locatario respecto a expensas, impuestos y servicios
  • Condiciones de restitución del inmueble y estado de conservación
  • Cláusulas de rescisión anticipada y penalidades

¿Por qué certificar las firmas del contrato?

La certificación de firmas ante el escribano convierte el contrato en un documento con fecha cierta y plena validez probatoria. Si una de las partes desconoce su firma, la certificación notarial es prueba suficiente de que la firma le pertenece. Además, el trámite es rápido y de bajo costo en relación con la seguridad que brinda.

Modelo de contrato de alquiler para vivienda

Ponemos a disposición un modelo de contrato de alquiler para vivienda actualizado conforme a la legislación vigente en materia de locaciones urbanas.

Consulte con nuestro escribano antes de utilizar cualquier modelo de contrato para asegurarse de que se adapte a su situación particular. Las circunstancias de cada operación pueden requerir cláusulas específicas que un modelo genérico no contempla.

Contratos de mutuo (préstamos entre particulares)

El contrato de mutuo instrumenta un préstamo de dinero entre dos partes. Para que el acreedor pueda ejecutar el cobro de manera ágil, es conveniente que el contrato tenga las firmas certificadas o, en caso de importes significativos, se eleve a escritura pública. El contrato debe especificar:

  • Capital prestado y moneda (pesos, dólares, UVAs)
  • Tasa de interés compensatorio y punitorio
  • Plazo y forma de devolución (cuotas o pago único)
  • Garantías (personal, hipotecaria, prendaria)
  • Domicilios especiales para notificaciones

Marco legal de los contratos privados

NormaQué establece
Código Civil y Comercial
arts. 957 y ss.
Regulan los contratos en general: su formación, contenido, interpretación, efectos y extinción, y la libertad de las partes para configurarlos.
Código Civil y Comercial
art. 314
Regula el reconocimiento y la certificación de la firma en instrumentos privados, base del valor probatorio del contrato firmado.
Código Civil y Comercial
arts. 1525 y ss. (mutuo) y 1187 y ss. (locación)
Regulan los contratos de mutuo (préstamo de dinero) y de locación, con sus requisitos y efectos propios.
Ley 404
Orgánica Notarial de CABA
Regula la facultad del escribano de certificar firmas y de asesorar en la redacción de los instrumentos.

Nota sobre alquileres: el régimen de las locaciones urbanas fue objeto de cambios normativos recientes. Los plazos, la moneda y los mecanismos de actualización aplicables dependen de la normativa vigente al momento de firmar. Consúltenos para redactar el contrato conforme a las reglas actuales.

Preguntas frecuentes sobre contratos

¿Por qué conviene certificar las firmas de un contrato ante escribano?

Porque le da fecha cierta al documento y prueba de manera indubitable que la firma pertenece a quien la estampó. Si una parte luego desconoce su firma, la certificación notarial es prueba suficiente. El trámite es rápido y de bajo costo en relación con la seguridad que aporta.

¿Un contrato de préstamo con firmas certificadas se puede ejecutar más fácil?

Sí. Para que el acreedor pueda reclamar el cobro con agilidad conviene que el mutuo tenga las firmas certificadas y, en importes significativos, que se eleve a escritura pública. Un contrato de mutuo bien instrumentado facilita la vía ejecutiva frente al incumplimiento.

¿Es seguro usar un modelo de contrato genérico?

Un modelo sirve como punto de partida, pero cada operación tiene particularidades que un texto genérico no contempla. Conviene que el escribano revise el contrato antes de firmarlo: una cláusula mal redactada puede generar conflictos costosos y difíciles de resolver.

¿Qué debería incluir un contrato de locación?

La identificación completa de locador y locatario, la descripción y el destino del inmueble, el plazo, el precio y su sistema de actualización, la forma y el lugar de pago, el depósito en garantía, el tratamiento de expensas, impuestos y servicios, las condiciones de restitución y las cláusulas de rescisión y penalidades. Los plazos y la actualización deben ajustarse a la normativa vigente al momento de la firma.

Contáctenos antes de firmar cualquier contrato importante. Un buen asesoramiento notarial previo puede evitar conflictos y costos innecesarios en el futuro.

Teléfono: 4576-1539  ·  Email: escribanovildosola@gmail.com