Modalidades de hipoteca ante escribano
La hipoteca es el derecho real de garantía que recae sobre inmuebles y permite al acreedor cobrarse con el producido de su venta si el deudor incumple. El Código Civil y Comercial regula distintas modalidades según la causa de la deuda garantizada y el tratamiento impositivo aplicable. Para una descripción completa de la hipoteca privada, consulte nuestra página sobre Hipotecas Privadas.
→ Esta página aborda las modalidades específicas de la tabla AGIP que tienen diferente tratamiento impositivo.
Modalidades según el impuesto de sellos en CABA
Hipoteca por saldo de precio (acto 050)
El comprador paga parte del precio en el acto y garantiza el saldo con hipoteca sobre el mismo inmueble adquirido. Tributa al 1 % sobre el monto hipotecado.
Hipoteca general (acto 125)
Constitución de hipoteca sin vinculación con la compraventa del inmueble: préstamo garantizado por el inmueble. Tributa al 1 % sobre el monto del gravamen.
Con acreditación de pago (acto 136)
Hipoteca que se constituye acreditando que el impuesto sobre el acto principal fue abonado. Alícuota reducida o exención, según corresponda al acto principal.
División de hipoteca (acto 077)
Cuando el inmueble hipotecado se subdivide y la garantía se distribuye entre las unidades. No grava sellos adicionales en CABA.
Hipoteca por saldo de precio: la más frecuente
La hipoteca en primer grado por saldo de precio es habitual en compraventas en las que el comprador no tiene fondos suficientes para pagar el total en el acto:
- El comprador paga una parte del precio al contado (generalmente entre el 30 % y el 50 %).
- El saldo se garantiza con hipoteca sobre el inmueble adquirido.
- Se fijan cuotas, plazos e intereses en la misma escritura de compraventa.
- La hipoteca se inscribe en el Registro de la Propiedad Inmueble junto con la transmisión del dominio.
Cancelación de hipoteca
Una vez cancelada la deuda, la hipoteca debe ser liberada mediante escritura pública de cancelación otorgada por el acreedor e inscripta en el Registro de la Propiedad. Sin esta inscripción, el gravamen continúa vigente aunque la deuda esté saldada.
→ Vea nuestra página sobre Cancelación de Hipoteca para el detalle del trámite.
Ampliación y novación de hipoteca
La hipoteca puede ampliarse (aumentando el monto garantizado con el consentimiento de ambas partes) o novarse (reemplazando la deuda original por una nueva, con nueva hipoteca). Ambos actos requieren escritura pública e inscripción registral y tributan al 1 % sobre el monto adicional o nuevo.
Garantice su operación con hipoteca
La hipoteca privada bien instrumentada protege al acreedor y permite al deudor financiar la compra de un inmueble sin recurrir a un banco. Consúltenos.
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